Autorizacion para disponer de bienes de un menor de edad en Peru: ¿Cómo se obtiene y cuáles son sus vías?

  • by

La autorizacion para disponer de bienes de un menor de edad en Peru se refiere a un proceso legal que permite a los padres o tutores legales de un menor disponer de bienes de un menor cuando sea necesario. Esto generalmente se hace para su beneficio o para satisfacer sus necesidades. A continuación te comentamos lo siguiente

Autorización para disponer de derechos de menor de edad

¿Qué es la autorización de bienes de menor?

La autorización de bienes de menor se refiere a un proceso legal mediante el cual se obtiene la aprobación o permiso de las autoridades judiciales o competentes en Perú para disponer o enajenar los bienes de un menor de edad. Esta autorización es necesaria cuando los padres o tutores legales desean disponer, transferir o para la enajenacion de bienes raices que pertenecen al menor, ya sea bienes muebles o bienes raíces, con el fin de garantizar el bienestar o satisfacer las necesidades del menor.

En el caso de enajenacion de bienes raíces, se aplican procedimientos específicos para obtener esta autorización, que pueden variar según las circunstancias y las regulaciones legales en Perú. En general, se debe presentar una solicitud al juez competente que explique la necesidad de enajenar el bien raíz y cómo beneficiará al menor. El juez evaluará la solicitud y, si considera que es en el mejor interés del menor, otorgará la autorización.

La autorización para disponer de bienes de un menor de edad en el Código Civil de Perú se encuentra regulada en los artículos 414. «El artículo 414 del Código Civil peruano establece que la disposición de los bienes de un menor de edad requerirá autorización judicial, a petición de quien corresponda o del Ministerio Público, según los casos.» 

Esto significa que para disponer de los bienes de un menor de edad en Perú, se debe obtener una autorización judicial, y esta autorización será otorgada por el juez competente en función de las circunstancias y de acuerdo con el interés superior del menor. Los artículos siguientes, como «el artículo 415 del Código Civil»  detallan más aspectos relacionados con esta autorización y los procedimientos específicos.

¿En qué consiste la autorización para disponer de bienes de un menor de edad?

La enajenación de bienes se refiere a la transferencia o venta de propiedades, ya sean bienes muebles (como vehículos, muebles, objetos personales, etc.) o bienes inmuebles (como propiedades, terrenos, casas, etc.) en este caso que le corresponder a un menor de edad debido de sus derechos sucesorios y de propiedad.

Se debe considerar la resolución No. 2164-2016-SUNARP-TR-T que menciona que la autorización judicial para la venta de predio no es un acto inscribible en ninguno de los registros que conforman el Registro de Personas Naturales. De conformidad con el inciso 9 del artículo 2019 del Código Civil, dicha autorización puede ser inscrita en la partida del Registro de Predios correspondiente. En ese sentido, corresponde encauzar el título al Registro competente.

Separa tu cita por WhatsApp al (+51) 998 678 624 y un Abogado Especialista tus dudas

¿En qué casos se puede solicitar la autorización para disponer de bienes muebles?

Se puede solicitar la autorización para disponer de bienes muebles de un menor de edad en situaciones donde sea necesario, como cuando los padres o tutores legales necesitan vender los bienes para cubrir los gastos médicos, educativos u otras necesidades del menor.

Debemos tener en cuenta «el artículo 447º del Código Civil»: Los padres no pueden enajenar ni gravar los bienes de los hijos, ni contraer en nombre de ellos obligaciones que excedan de los límites de la administración, salvo por causas justificadas de necesidad o utilidad y previa autorización judicial. El juez puede disponer, en su caso, que la venta se haga previa tasación y en pública subasta, cuando lo requieran los intereses del hijo.

«El artículo 2019º del Código Civil»: Son inscribibles en el registro del departamento o provincia donde esté ubicado cada inmueble:

1) Los actos y contratos que constituyen, declaren, transmitan, extingan, modifiquen o limiten los derechos reales sobre inmuebles.

2) Los contratos de opción.

3) Los actos de reserva de propiedad y de retroventa.

4) El cumplimiento total o parcial de las condiciones de las cuales dependan los efectos de los actos o contratos registrados.

5) Las restricciones en las facultades del titular del derecho inscrito.

6) Los contratos de arrendamiento.

7) Los embargos y demandas verosímilmente acreditados.

8) Las sentencias u otras resoluciones que a criterio del juez se refieran a actos o contratos inscribibles.

9) Las autorizaciones judiciales que permitan practicar actos inscribibles sobre inmuebles.

«El Artículo 2030º del Código Civil»: Se inscriben en este registro:

1) Las resoluciones en que se declare la incapacidad y las que limiten la capacidad de las personas.

2) Las resoluciones que declaren la desaparición, ausencia, muerte presunta, la ausencia por desaparición forzada y el reconocimiento de existencia de las personas.

3) Las sentencias que impongan inhabilitación, interdicción civil o pérdida de la patria potestad.

4) Los actos de discernimiento de los cargos de tutores o curadores, con enumeración de los inmuebles inventariados y relación de las garantías prestadas, así como su remoción, acabamiento, cese y renuncia.

5) Las resoluciones que rehabiliten a los interdictos en el ejercicio de los derechos civiles.

6) Las resoluciones que declaren la nulidad del matrimonio, divorcio, la separación de cuerpos y reconciliación.

7) El acuerdo de separación de patrimonios y sustitución, la separación de patrimonios no convencional, las medidas de seguridad correspondientes y su cesación.

8)  La declaración de inicio del procedimiento concursal, así como los demás actos y acuerdos registrables conforme a la ley de la materia.

9) El nombramiento de tutor o curador.

10) Las uniones de hecho inscritas en vía notarial o reconocidas por la vía judicial.

¿En qué casos se da la Autorización para disponer de bienes de un menor de edad en Perú?

Estos son algunos casos donde se dá la autorización para disponer de bienes de un menor de edad en Perú enajenación de bienes:

En Perú, para disponer de los bienes de un menor de edad, se requiere de una autorización específica de acuerdo con lo establecido en el Código Civil y otras normativas relacionadas con la protección de los derechos de los menores. La enajenación de bienes de un menor de edad debe ser realizada por su representante legal, generalmente sus padres o tutores, y debe cumplir con ciertos requisitos y procedimientos legales.

1) Si un menor es propietario de un bien inmueble, como una casa o un terreno, y se quiere vender dicho inmueble, se requerirá una autorización judicial, que generalmente se obtiene a través de un proceso judicial.

2) Si el menor es accionista o tiene participaciones en una empresa, su representante legal (generalmente los padres o tutores) deberá obtener una autorización judicial o notarial para vender estas acciones o participaciones.

3) Para vender o disponer de otros bienes muebles (por ejemplo, automóviles, joyas, obras de arte) que pertenezcan al menor, se requerirá una autorización legal.

4) Si un menor tiene una cuenta bancaria o inversiones financieras, su representante legal debe gestionar y autorizar cualquier disposición de fondos o inversiones en su nombre.

5) Si un menor es heredero y recibe bienes como herencia, su representante legal deberá gestionar la aceptación de la herencia y la posterior enajenación de los bienes si es necesario.

Separa tu cita por WhatsApp al (+51) 998 678 624 y un Abogado Especialista tus dudas

¿Quién indica la autorización judicial de un menor de edad?

La enajenación de bienes inmuebles o muebles de un menor debe contar con la aprobación de un juez o notario, y el producto de la venta o disposición de los bienes debe ser utilizado en beneficio del menor y estar sujeto a ciertas restricciones y regulaciones legales para garantizar la protección de sus derechos e intereses.

¿Quién puede administrar los bienes de los menores de edad?

Los padres o tutores legales son generalmente responsables de administrar y tener la autorización para disponer de bienes de un menor de edad en Perú sobre la enajenación de bienes muebles, y esto incluye la capacidad de vender o enajenar estos bienes si es necesario para el bienestar del menor.

¿Por qué se creó un procedimiento legal para brindar la autorización de bienes de un menor de edad en Perú?

La autorización de bienes de un menor  de edad en Perú es un mecanismo de protección legal para garantizar que los activos del menor se utilicen adecuadamente y en su beneficio. Esto se hace para evitar que los padres u otras partes interesadas puedan actuar en detrimento de los derechos e intereses del menor en cuestión.

¿En qué consiste el procedimiento para otorgar una autorizacion para disponer de bienes de un menor de edad?

El procedimiento específico para disponer o enajenar un bien inmueble o bienes muebles  en beneficio de un menor de edad puede variar y debe cumplir con las regulaciones legales en Perú. Esto generalmente implica presentar una solicitud ante la autoridad competente, proporcionar documentación que respalde la necesidad de la enajenación de inmuebles y obtener la aprobación correspondiente.

¿Qué requisitos se necesitan para otorgar una autorizacion para disponer de bienes de un menor de edad?

Los requisitos para obtener la autorización para disponer bienes de un menor de edad en Perú pueden incluir documentos que demuestren la relación de parentesco o tutela con el menor, una declaración de la necesidad de enajenar un bien inmueble y la aprobación de un juez o entidad competente.

📞Atendemos tus consultas directamente al número de WhatsApp (+51) 998 678 624

✍️Conoce un poco más de nosotros en nuestra página web

https://estudiojuridicoayj.com

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *