Construccion en terreno ajeno en Peru: ¿Porque es una mala idea construir en terreno ajeno?

  • by

El código civil peruano, resolvió el problema jurídico sobre construcciones realizadas en terreno ajeno, estas se encuentran tipificadas desde el artículo 941 al 944, aspectos de cuándo se considera que una construcción se realizó de buena fe o de mala fe ya sea por parte del dueño del terreno como por el invasor. Gracias a ello se puede dar solución a los casos de construccion en terreno ajeno en Peru

Construccion en terreno ajeno en Peru

¿Qué es la accesión o construccion en terreno ajeno en Peru?

La accesión constituye un modo adquisitivo originario de la propiedad, consiste en la atribución al propietario de un bien de todo aquello que le une o adhiere materialmente a él (Casación Nro. 3621-2018).

¿El que construye en terreno ajeno pierde lo construido?

Dependerá si el que construyó en terreno ajeno lo hizo de buena o mala fe. En caso haya construido de buena fe, el propietario del bien puede decidir entre quedarse con la construcción u obligar al invasor a pagar el valor comercial del terreno. 

Caso contrario sucede si el invasor construyó de mala fe, entonces el propietario del suelo puede exigir la destrucción de la edificación, en caso le cause perjuicio, además de exigir el pago de una indemnización o quedarse con la edificación sin que este deba pagar su valor. 

Separa tu cita por WhatsApp al (+51) 998 678 624 y un Abogado Especialista tus dudas

¿Qué sucede en caso el propietario del terreno actúe de mala fe en una construccion en terreno ajeno en Peru?

Si el propietario del terreno actúa de mala fe, entonces será el constructor quien decida entre exigir el pago de la edificación o pagar el valor comercial del terreno al propietario, es decir, este “derecho de opción” le corresponde a aquel que construyó de buena fe. 

¿Qué es la construcción en terreno ajeno en Peru de buena fe?

La edificacion de buena fe en terreno ajeno se entiende como aquella acción que realiza el sujeto pensando que esta es lícita; es decir, el invasor construye con la convicción de la licitud de aquella acción bajo la idea de un error excusable sobre la pertenencia del suelo

¿Qué consecuencias legales existen cuando la edificación en terreno ajeno en Peru es de mala fe?

El dueño del terreno se convierte en titular de la edificación, sin obligación de pagar su valor. Alternativamente el dueño del terreno puede exigir la destrucción de la construcción, más el pago de la indemnización. La indemnización sólo procede cuando el propietario opta por la demolición.

Un claro ejemplo es la Casación Nro. 3621-2018, que declararon infundado el recurso de casación y confirma la sentencia apelada que declaró fundada la demanda de accesión, la misma que ordenó que los demandados desocupen y entreguen al demandante el terreno y las construcciones, asimismo dispuso que los demandante sean propietarios por accesión de las construcciones realizadas en el terreno sin tener la obligación de pagar el valor de la edificación por el actuar de mala fe de la parte demandada, de conformidad con el artículo 943 del Código Civil. 

¿Cuando el propietario del suelo obra de mala fe?

La mala fe del propietario del terreno se traduce en el conocimiento que este tiene sobre la edificación que se realiza en su terreno. En este supuesto, “el derecho de opción” le corresponde al constructor quien puede optar entre exigir que se le pague el valor de la edificación o pagar el valor comercial del terreno.

La conducta pasiva del propietario, adquiere relevancia si la conducta activa del constructor es de buena o mala fe. 

📞Atendemos tus consultas directamente al número de WhatsApp (+51) 998 678 624

✍️Conoce un poco más de nosotros en nuestra página web https://estudiojuridicoayj.com/

Agregue un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *