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Cuando los padres realizan el proceso de divorcio o cuando el padre o madre no quiere que su ex pareja vea a su hijo entonces se puede solicitar el derecho de tenencia de hijos en el Perú y régimen de visitas para exigirlos mediante ley mediante un proceso legal
Tabla de Contenidos
ToggleEn principio debemos aprender a diferenciar los conceptos de tenencia, custodia y patria potestad y su importancia como medidas que amparan a los menores de edad.
La Patria Potestad son los derechos y obligaciones que tienen los padres con respecto a sus hijos, esto es la capacidad de los padres de ser los representantes legales de estos, administrar sus bienes, en caso los tuviesen, protegerlos, etc.
Se termina la representación legal del hijo por fallecimiento, al cumplir mayoría de edad, cuando se realiza una adopción, por ser condenado por un delito doloso en agravio de sus hijos. Asimismo por amenazas, chantaje o insultos.
La tenencia, es un atributo derivado de la patria potestad, es el derecho natural de los padres para vivir con sus hijos.
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Esta finaliza cuando se realiza una declaración judicial de abandono, si se realizan maltratos o hechos de indemnidad sexual.
Por último, la custodia es el deber de los padres, no solo de vivir con sus hijos; sino que también es el deber de protegerlos y vigilarlos.
“Poder ver a los hijos es un derecho fundamental para todo padre o madre (salvo casos exceptuados donde existan hechos graves)y por tal motivo ningún hijo puede ser apartado de sus progenitores ”
Sofia Jordán-Abogada Asociada del Estudio Jurídico Arredondo&Jordán
Si se es menor de 3 años entonces la tenencia le corresponderá a la mamá. En caso sea mayor de 7,el menor dará su manifestación para tomar una decisión.
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En caso que el menor sufra hechos de violencia, chantaje o amenazas se procederá a incurrir en el artículo 340 del Código Civil donde se entregará al menor a un tercero que lo cuidará momentáneamente hasta que se elija a uno de los padres.
Si se determina que ninguno de los padres son aptos entonces el menor podría ir a un albergue de menores
Normalmente la tenencia se da a favor de la madre sin embargo se puede dar la tenencia de los hijos a favor del padre en caso de maltratos
Para realizar un trámite de tenencia mediante una conciliación extrajudicial, sólo se piden como requisitos:
1) Copia de DNI de los solicitantes
2) Acta de nacimiento del menor
3) Copia de acta de matrimonio, solo de ser el caso.
Los costos del trámite dependen del centro donde se realice.
Cuando los padres no pueden llegar a un buen acuerdo, se tendrá que recurrir a la vía judicial por medio del juzgado de familia del lugar de residencia del padre o madre; la demanda deberá ser acompañada de:
1) Copia del DNI de la persona que solicita la tenencia.
2) Partida de nacimiento del menor.
3) Pago del arancel judicial al Banco de la Nación por ofrecimiento de prueba y notificación judicial.
4) De ser el caso, las pruebas que demuestren que resulta más conveniente para el niño estar bajo el cuidado de uno de los padres.
Se debe tener en cuenta que, para este proceso por vía judicial, será necesaria la representación de un abogado.
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En base al artículo 81 del Código de los Niños y Adolescentes, la tenencia es compartida; sin embargo, la tenencia se puede dar a favor de uno de los progenitores cuando a uno de ellos no se le sea posible o resulte perjudicial para el menor, siendo así una tenencia salvarguardando el interés superior del niño, niña y adolescente.
En caso de que la madre fomente la alienación parental, si el menor expresa su voluntad de preferencia para el padre, en caso de que el acuerdo extrajudicial o judicial no sea respetado por la madre, descuido del menor por parte de la madre o el ambiente donde reside el menor sea perjudicial para su correcto crecimiento.
Si, en un acuerdo judicial o extrajudicial. Donde uno de los progenitores acuerda entregar voluntariamente la tenencia y custodia de su menor hijo debido a factores externos como económicos o personales todo en bienestar y para el mejor desarrollo de su menor hijo o hija.
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La patria potestad es ejercida por ambos padres, siempre que beneficie el menor. Sin embargo, se puede solicitar la patria potestad exclusiva por parte de uno de los progenitores, documentado que la patria potestad ejercida por el otro progenitor afecta de forma negativa al menor, Señalando las causales para su extinción por causas específicas.
Sucede cuando uno de los padres pierde la custodia compartida siendo el juez quien evalúa la situación y siendo quien otorga la custodia completa al otro progenitor, teniendo como uno de los motivos principales las situaciones graves de abuso infantil, físico o psíquico.
Si el viaje es al interior del país no se necesita el permiso del padre, sin embargo, si es un viaje al extranjero se necesita un permiso firmado del otro progenitor, dando su autorización para que este su menor hijo salga una temporada del país.
De acuerdo con Llanos (2009), en el ejercicio del derecho de tenencia surge el deber de los padres a custodiar a sus hijos y que se traduce en la vigilancia, el cuidado y la protección de los mismos, por lo tanto, la custodia vendría a ser un deber ( custodia, acción de custodiar o vigilar, persona que cuida a otra), en consecuencia, no puede haber identificación entre los términos tenencia y custodia como si fueran sinónimos.
Referencia Bibliográfica: Llanos, B. (2009). La tenencia como atributo de la patria potestad y tenencia compartida. Derecho & Sociedad, (32), pp. 191-197.
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Este proceso judicial determina con cual de los padres vivirá el menor, siempre asegurando siempre el interés superior del niño.
Se realiza un proceso de conciliación extrajudicial donde se buscará llegar a buenos términos y acuerdos sobre los deberes para con el menor. Si no existiese se procedería a un juicio.
En primer lugar, presentar la demanda ante el Juzgado de Familia, con todos los documentos necesarios que acrediten el incumplimiento de deberes parentales por parte de un progenitor si es el caso.
En este paso la otra parte hará su descargo de la demanda realizada por la tenencia del menor. Existe un plazo de 5 días para responder la demanda en caso no se realice se declara rebelde por lo que podría perder la custodia del menor de edad
Se realiza una evaluación judicial donde se analiza las pruebas y evaluaciones psicológicas y sociales. Para realizarse la audiencia de tenencia y el juez es quien emite una resolución basada en el interés superior del menor. Puede existir entre 2 a 3 audiencias donde los abogados presentarán sus argumentos legales y el juez evaluará la documentación enviada por ambas partes.
Tras realizarse la sentencia el juez determinará si existe tenencia compartida o de una de las partes. Así como los días de visita, acciones y deberes para con el menor.
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No, no es permanente. Ya que mediante un acuerdo extrajudicial o judicial el progenitor a cargo de la tenencia puede otorgar la tenencia total al otro padre. Siendo modificadas si se presentan nuevas circunstancias que afecten el interés superior del menor.
El artículo 88 del Código de los Niños y Adolescentes, el progenitor que no ejerza la patria potestad tiene el derecho de visitar a sus hijos. Del mismo modo el Juez es quien dispondrá el régimen de visitas adecuado prevaleciendo el interés superior del niño y el adolescente
Si el progenitor ha sido impedido de ver a su menor hijo puede interponer una demanda acompañado de la partida de nacimiento que confirme su relación de acuerdo con el artículo 89 del Código de los Niños y Adolescentes. Asimismo, se puede solicitar un régimen provisional.
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El articulo 91 en concordancia con el artículo 181 del Código de los Niños y Adolescentes establece apercebimientos ante el incumplimiento del régimen de visitas siendo estos de una multa de hasta 5 URP, allanamiento o detención de hasta 24 horas sin perjuicio penal.
El proceso judicial de tenencia de menor de edad puede demorar alrededor de 1 año aproximadamente.
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