Cuando una pareja casada se separa por un tiempo aproximado de 2 años continuos y probados entonces se podrá realizar un proceso de divorcio por causal de separación de hecho en Peru. El divorcio es la extinción del vínculo matrimonial y sus obligaciones y es muy usual en parejas jóvenes o disfuncionales.Asimismo de acuerdo con el psicólogo Jhon Gottman los problemas más comunes que predicen un divorcio son la falta de respeto,critica al otro,actitud de poner excusas o hechar culpa y ignorar las discusiones en pos de dar soluciones.
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Toggle¿Cuándo optar por un divorcio por causal?
Idealmente realizar un divorcio por mutuo acuerdo (en coordinación de ambos cónyuges) es lo ideal debido a que el proceso se acorta en cuestión de tiempo (Siempre y cuando ambos cónyuges hayan cumplido 2 años como mínimo de estar casados). Sin embargo en caso ocurran hechos de infidelidad,imposibilidad de vida en común,hechos de violencia o distanciamiento de la pareja(divorcio por causal de separacion de hecho) entonces se deberá recurrir al divorcio por causal.
¿Que es el divorcio por causal de separación de hecho en Peru?
Según el Artículo 333 del Código Civil Peruano en el Inciso 12 se denomina divorcio por causal separación de hecho en Peru al acto en el que durante un periodo ininterrumpido de dos años hubo distanciamiento con la finalidad de poner fin al vínculo matrimonial.
En caso los cónyuges tuvieran hijos menores de edad entonces el requisito de tiempo estimado para hacer el divorcio por separación de hecho será de mínimo 4 años.Si fueran hijos mayores entonces solo serán 2 años de distanciamiento.
“Es la interrupción de la vida en común de los cónyuges en coordinación de voluntades de uno o ambas personas” (Casación Nª 784-2005)
De cumplirse estos requisitos se podrá hacer la separacion de hecho como causal de divorcio
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¿Cuáles son los beneficios de realizar un divorcio por causal de separación de hecho en Peru?
1) Se da por terminado las obligaciones respectivas del matrimonio tras el la separacion de cuerpos y divorcio
2) Se divide el patrimonio conyugal en beneficio de la persona inocente(el cónyuge más perjudicado) dentro de la causal.
3) Se termina el deber de convivencia y fidelidad
4) Una de las personas puede recibir indemnización en caso sea el cónyuge inocente
¿Cuáles son los requisitos para realizar un divorcio por causal de separación de hecho en Peru?
Requisito para divorcio por separación de hecho:
1) Distanciamiento: Se deberá probar que se estuvo distante en cuanto a comunicación.Debido a que según el Pleno Casatorio Civil (Nª 4664-2010) pueden vivir en la misma casa por temas económicos y solo hablar con sus hijos.
2) Tiempo: Se deberá cumplir con un distanciamiento por un lapso de 2 años o 4 años según lo determine la norma.(separacion de hecho y separacion de cuerpos)
3) Voluntad de ambos de no cumplir los deberes conyugales:fidelidad,asistencia mutua,cohabitado.
Asimismo quien desee poner la demanda de divorcio por causal de separación de hecho se deberá estar al día en el pago de alimentos.Si se tiene un juicio de alimentos entonces no se podrá realizar el juicio.
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¿En qué casos no procede el divorcio por causal de separación de hecho en Peru?
1) No procede antes de los 2 o 4 años de celebrado el matrimonio. Dos años en caso no hayan hijos o si los tengan sean mayores de edad y 4 años en caso tengan hijos menores de edad.
2) Tampoco procede cuando no sigan cumpliendo el deber de lecho y cohabitación, es decir la pareja de esposo pueden tener relaciones íntimas.
3) Asimismo no procede cuando el cónyuge que solicita el divorcio no se encuentre al día en la pensión de alimentos
4) Si la pareja fue retirada de casa por un mandato judicial
5) Si la pareja se fue al extranjero para trabajar con la plena voluntad de ser sustento familiar.El concepto de distanciamiento como causal de divorcio de separación de hecho no influiría ya que no hay un deseo de terminar el vínculo matrimonial.
¿Qué sucede con los hijos tras el divorcio por causal de hecho?
En caso de los hijos menores de edad se deberá tomar decisión sobre la tenencia, régimen de visitas y alimentos de los menores mediante una conciliación extrajudicial o mediante un proceso judicial.
¿Me puedo divorciar si mi pareja no desea firmar?
En caso de un diviorico por mutuo acuerdo no te puedes divorciar si el otro cónyuge no quiere. Sin embargo en caso de divorcio por causal no es necesario que ambos cónyuges se pongan de acuerdo ya que será el juez quien disponga la disolución del vínculo matrimonial.Por lo que si se puede hacer un divorcio sin la firma del conyugue
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¿Se debe indemnizar a una de las parejas por un divorcio por causal de separación de hecho en Peru?
En caso que una de las partes pida indemnización o que de su relato en los fundamentos de hecho ( petitorio tácito) el juez tome percepción de la existencia de un cónyuge más perjudicado y que esté haya sido probado en el proceso, entonces procederá la indemnización en favor de este. Sin embargo existen casos en que tras el divorcio no necesariamente se haya indemnizado a ninguno de los ex cónyuges.
La forma en la que es perjudicado/a el cónyuge es de carácter económico o moral y este deberá ser probado.Este tipo de indemnización puede darse en casos de desaparecer de la vida de los hijos y esposa por ejemplo.Cabe mencionar que para que exista la indemnización no debe haber un distanciamiento acordado o de mutuo acuerdo ya que ahí no existiría la figura de cónyuge inocente.
¿Cuál es la diferencia de divorcio sanción y remedio?
Según el divorcio por el sistema sanción solo el divorcio lo puede realizar el cónyuge inocente a diferencia del sistema de divorcio remedio donde existe la figura de quien es perjudicado
¿En qué consiste el proceso de divorcio por separacion de hecho judicial?
Primero se redacta una demanda de separacion de hecho,se admite y se corre traslado al demandado.El demandado lo acepta o responde la demanda.Se fijan puntos controvertidos y el juez determina audiencia y finalmente se pasa a la sentencia.Cabe mencionar que el proceso tiene un tiempo de demora de acuerdo a la carga laboral que tiene el poder judicial.
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